Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el grabado de cristales y el sistema GlassTrack®.
Respuestas directas sobre cómo funciona el sistema, las modalidades de trabajo para empresas y lo que exige la normativa argentina.
01
Sobre el sistema
¿Cómo funciona GlassTrack®?+
Una terminal lee la cédula del vehículo o la orden de servicio e imprime el juego de stickers de los cristales en 2 a 3 segundos. El operario los aplica y graba con químico profesional.
¿Cuántos vehículos por día se pueden grabar?+
Hasta unos 80 vehículos por día por operario, considerando sólo el grabado de cristales.
¿Mi equipo necesita experiencia previa?+
No. El proceso tiene pocos pasos y lo capacitamos en la implementación.
¿Qué pasa si la impresora falla?+
Como cualquier equipo, puede necesitar service. Lo incluimos en el esquema de trabajo para que la operación siga.
¿Pueden grabar la logomarca de mi empresa?+
Sí. Además del dominio, el sticker puede incluir chasis, número de serie o su logomarca.
02
Modalidades y precios
¿Venden insumos o hacen el servicio?+
Las dos cosas. Con insumos, su equipo graba en su predio. Con servicio, nuestro equipo graba y usted paga por vehículo.
¿Cuánto cuesta?+
Depende del volumen mensual, la modalidad y la logística. Le enviamos una propuesta por escrito después de conocer su operación.
¿Trabajan con particulares?+
No. GlassTrack® trabaja con terminales, concesionarias, talleres de grabado y flotas.
03
Ley y normativa
¿Es obligatorio el grabado de cristales en Argentina?+
Sí. La Disposición 607/98 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) obliga a grabar el dominio en los cristales de los automotores, en todo el país.
¿Qué norma regula el grabado de cristales?+
La Disposición DNRPA 607/98, incorporada al Digesto de Normas Técnico-Registrales (Título I, Capítulo IX, Sección 3). No es una ley del Congreso sino una disposición del organismo registral nacional.
¿Cuántos cristales hay que grabar?+
Como mínimo seis: parabrisas, luneta y los cristales laterales de mayor tamaño. Si el vehículo tiene menos de seis cristales, se graban todos.
¿Cómo tiene que ser el grabado?+
La norma exige trazo continuo, no punteado ni segmentado, y caracteres de al menos 6 milímetros de altura. El parabrisas se graba en la parte superior derecha, la luneta en la superior izquierda y los laterales en la parte posterior, en el ángulo inferior.
¿Puedo circular sin los cristales grabados?+
La Disposición 607/98 aclara que no grabar los cristales no afecta la libre circulación. Pero las plantas de verificación física no verifican el vehículo si no tiene el grabado, y esa verificación se pide en trámites como la transferencia.
¿La Ley 26.370 regula el grabado de cristales?+
No. La Ley 26.370 regula el control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos. El grabado de cristales está regulado por la Disposición DNRPA 607/98.
¿El grabado de cristales es lo mismo que el grabado de autopartes?+
No. El grabado de cristales es nacional (Disposición DNRPA 607/98). El grabado de autopartes de la carrocería, como capot, baúl y puertas, es un régimen local: Ley 3708 en la Ciudad de Buenos Aires y Ley 14.497 en la Provincia de Buenos Aires.
Vea el sistema funcionando en su predio.
Coordinamos una demostración con sus propias unidades y le enviamos una propuesta según su volumen mensual.